Segundo dividendo digital 5G en Bilbao
28 de Octubre de 2019

El Segundo Dividendo Digital es el conjunto de frecuencias entre 694 y 790 MHz (banda 700 MHz) que hay que liberar antes del 30 de junio de 2020 para que éstas puedan ser utilizadas para el despliegue de servicios de 5G. Este proceso se va a realizar en toda la Unión Europea.

El 5G  obligará a hacer cambios en nuestros televisores con TDT. Esta liberación necesitará la adaptación de las antenas colectivas. Ante estos surgen numerosas preguntas sobre cómo hacer esa adaptación de nuestro TDT.

Este proceso afectará a las personas que vivan en grandes y medianas comunidades de vecinos. Las personas que vivan en casa unifamiliares se quedan exentas de estos cambios. Para poder realizar el cambio es necesario que se contacte con un antenista autorizado, que se pueden consultar en la web del Gobierno de España para la TDT.

Tanto las personas que viven en una casa o en un bloque de pisos, deberán resintonizar  su antena de TV. Para ello, los usuarios deberán realizar una nueva búsqueda de canales a través de los ajustes del televisor.

Debes contactar con tu antenista autorizado de confianza, Antenas Jasmar en Blbao, y solicitar un presupuesto. Una vez instalado se te hará entrega del boletín de instalación junto a la factura, necesario para pedir la subvención  

Esta subvención será  en función de la infraestructura de las  diferentes tipologías de sistemas de recepción instalados.

  • Infraestructura de recepción de televisión que no requiere de la instalación de equipamiento adicional, independientemente del número de múltiples digitales: 104,30 €.
  • Infraestructura de recepción de televisión que requiere de la instalación de equipamiento adicional para un múltiple digital: 156,45 €

Se pueden beneficiar de las ayudas las comunidades de propietarios de un edificio o conjunto de edificios sujeto al régimen de propiedad horizontal.

Los solicitantes podrán presentar su solicitud únicamente por vía telemática, a través del servicio del Ministerio de Economía y Empresa.  

El solicitante deberán cumplimentar el formulario electrónico habilitado a tal efecto y aportar la documentación en formato electrónico .




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